Promoviendo el Acuerdo por Montevideo, el Partido Colorado dio un paso de gigante, lúcido, responsable, valiente, para devolverle a los montevideanos la libertad de elegir a sus gobernantes, tras veinticinco años de monopolio frenteamplista en la capital. Ahora hay que seguir adelante: equipo, programa, candidato, y una campaña inspiradora capaz de concitar la adhesión de los ciudadanos, para ganar la Intendencia y cumplir la misión política que nos obliga. El Partido Nacional ya tiene un candidato, Jorge Gandini. Por su parte, el Frente Amplio ya anunció que auspiciará dos o tres candidaturas, se acabaron los acuerdos de cúpula que tan mal resultado vienen dando. Mientras tanto, en el Partido Colorado no tenemos ningún candidato cantado y los procedimientos tradicionales para su designación no encajan con las nuevas lógicas que impone el Acuerdo, ni con los nuevos tiempos, ni con la nueva forma de hacer política, ni con el nuevo Partido Colorado en construcción. ¿Entonces? Antes de abordar la cuestión de fondo, conviene repasar algunos datos duros, en cuyo marco habrá de resolverse el tema; veamos:
¿Cuántos candidatos podemos elegir?
Al final del día, uno solo. El Acuerdo implica que los partidos suscriptores se abstendrán de presentar candidatos y en cambio registrarán un nuevo lema o partido (ambos términos son sinónimos) para comparecer conjuntamente en las elecciones departamentales de 2015 en Montevideo. Según la ley electoral, cada partido puede presentar hasta tres candidatos a intendente. El nuevo lema, pues, presentará un candidato blanco y un candidato colorado (para eso lo inventamos) y queda el tercer espacio, que ojalá fuera ocupado por un candidato del Partido Independiente (pero eso es harina de otro costal). Al final del día, entonces, puede quedar un solo candidato; pero al principio, puede haber tantos aspirantes como criollos siga dando el tiempo, y a varios tendríamos que aspirar.
¿Cuándo hay que elegir al candidato?
En rigor formal, hay tiempo hasta que venza el plazo para inscribir candidaturas. Las elecciones departamentales son el 10 de mayo de 2015; el cierre de las inscripciones suele ser un mes antes de los comicios. De modo que, si por la Corte Electoral fuera, podríamos postergar esta espinosa cuestión hasta el 10 de abril de 2015… Pero resulta que tenemos que competir con los blancos al interior del nuevo lema, y con el Frente por el gobierno del Departamento, y quietitos como estamos, vamos perdiendo. Diríase que conviene a los mejores intereses del Partido Colorado encontrar un cauce para esta cuestión rápidamente, y empezar a emparejar las distancias que nos separan del candidato blanco que ya está en carrera, y de los candidatos frenteamplistas que, sin estarlo, cuentan con un piso de adhesión electoral que duplica al nuestro. ¿Es indispensable un candidato para hacer todo lo que hay que hacer? Por supuesto que no. ¿Facilita grandemente la presencia de un candidato para hacer todo lo que hay que hacer? Por supuesto que sí. Hablando sin eufemismos: estamos terceros, y si queremos ganar (yo quiero), tenemos que hacer todo bien y todo cuanto antes.
¿Quiénes eligen al candidato?
Los candidatos son registrados ante la Corte por las autoridades de los partidos. Las autoridades de los partidos son las convenciones y sus órganos ejecutivos derivados, que resultan de las elecciones internas. Pero las autoridades del nuevo lema común (bajo el cual presentaremos nuestro candidato) actuarán por mandato de los partidos coaligados; el nuevo partido es instrumental al Acuerdo, no tiene voluntad propia, es explícitamente así, para hacer posible la coalición de colorados y blancos. De modo que, en sustancia, serán las autoridades del Partido Colorado quienes proclamarán a su candidato e instruirán a sus delegados en el lema común para que procedan a su inscripción. ¿Quiénes serán esas autoridades? Las convenciones que resulten de las elecciones internas del 1º de junio de 2014.
¿Cómo se elige al candidato?
La ley electoral establece dos soluciones distintas, una para lo nacional y otra para lo departamental. La distinción se justifica porque, en lo nacional, se elige candidato único a la presidencia de la República, mientras en lo departamental cada partido puede inscribir hasta tres candidatos, con los votos del 30 % de los convencionales departamentales. Pero como vimos arriba, en Montevideo el Acuerdo altera esas previsiones, en tanto cada uno de los partidos coaligados debe nominar un candidato único a la Intendencia para que lo represente en el lema común. Esta circunstancia obliga a pensar en soluciones creativas que, sin contradecir el mandato legal, atiendan satisfactoriamente la nueva realidad.
Ordena la ley electoral: «En una hoja de votación se expresará el voto por el candidato único del partido a la Presidencia de la República y por la lista de candidatos al órgano deliberativo nacional» (la convención nacional). En cambio, no establece la misma regla para el ámbito departamental; sigue la ley: «En hoja aparte, se expresará el voto por la lista de candidatos al órgano deliberativo departamental» (la convención departamental), sin mención alguna al candidato a la intendencia.
Pero la ley no impide que esta segunda hoja, además de la lista de convencionales departamentales, incluya el nombre, la foto o el distintivo de un candidato a intendente. Basta con hacerlo y el que junte más votos (toda vez que alcance el 30 % de los votos válidos emitidos) gana la nominación partidaria; así de fácil. La misma, idéntica, democrática, transparente e inobjetable lógica que para la elección del candidato único a la presidencia, ahora que por imperio del Acuerdo tenemos que designar candidato único a la intendencia.
¿Quién define las reglas de juego?
Desde el principio de los tiempos, hay dos extremos clásicos para consagrar a un candidato: por acuerdo cupular o por competencia más o menos democrática. El Acuerdo dinamitó las lógicas tradicionales; entre ellas, la que decía que el Frente ganaba seguro en Montevideo. Si hoy pensamos y obramos igual que ayer, no entendimos nada. El Acuerdo instaló el riesgo de la victoria; solo tenemos que hacer las cosas bien, todo bien, muy bien, para merecerla. Con la misma alta inspiración que construimos el Acuerdo, el Partido debe resolver cómo nominará a su candidato, definir las reglas de juego. El tema habrá de discutirse en el Comité Ejecutivo Nacional y en el Comité Ejecutivo Departamental, probablemente también en la Convención Nacional y seguramente en la Convención Departamental de Montevideo, que será la que a la postre tenga la última palabra. Elegir al candidato en una elección interna competitiva ofrece la oportunidad de tensar la fibra partidaria departamental para ponerla a tono con el desafío inédito que significa el Acuerdo, al mismo tiempo que engalana de legitimidad democrática al vencedor, con brillo que ningún consenso cupular puede igualar. || |